
Tras varios días de movilizaciones en todo el país y el revés del Congreso a los dos decretos de vivienda del Gobierno de coalición, cobra fuerza la posibilidad de una huelga general por la vivienda. El Sindicato de Inquilinas, que ha convocado manifestaciones con el objetivo de avanzar hacia ese paro, pide a CCOO y UGT que den un paso más y trasladen la protesta a los lugares de trabajo. Por ahora, la propuesta no se ha traducido en una convocatoria formal.
Las dos centrales, que han llamado a sumarse a las movilizaciones del viernes, han anunciado que reunirán a sus órganos de dirección para decidir los próximos pasos. Argumentan que el encarecimiento de la vivienda es el principal factor de empobrecimiento y desigualdad, ya que los alquileres y los precios terminan absorbiendo las subidas salariales pactadas en convenio y las mejoras del salario mínimo. CGT se ha mostrado dispuesta a impulsar una huelga general, y sectores de CNT también apoyan esa herramienta. CIG, ELA y USO respaldan las movilizaciones.
Desde el punto de vista jurídico, el derecho de huelga reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución corresponde a los trabajadores, y su convocatoria debe proceder de ellos, de sus representantes o de una organización sindical con implantación en el ámbito afectado. Un colectivo que se llame sindicato no adquiere por ese solo hecho esas facultades, aunque tampoco necesita el respaldo de CCOO o UGT si cuenta con la legitimación necesaria. Además, la convocatoria debe comunicarse por escrito con al menos cinco días naturales de antelación, y el texto ha de especificar objetivos, gestiones previas y composición del comité de huelga.
El principal obstáculo es otro: el Real Decreto-ley de 1977 considera ilegal una huelga con finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores. El Tribunal Constitucional ha interpretado ese concepto de forma amplia, pero no existe un precedente que diga si la vivienda, por sí sola, puede considerarse un interés laboral. Vincularla al coste de la vida o al poder adquisitivo podría acercarla a esa interpretación, aunque, en caso de conflicto, serían los tribunales quienes lo decidiesen.
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